Breve historia de la Cooperativa.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito “La Solidaridad, R.L. es hoy una realidad, gracias a la iniciativa e impulso de 21 trabajadores de la Curia Metropolitana que creyeron en 1979 en una asociación que agrupara a los empleados de la Iglesia Católica Panameña, incluyendo a los Agentes de Pastoral de todo el territorio nacional.
La Asociación funcionó durante año y medio sin personería jurídica, como Pre- cooperativa Juan Pablo II, R.L. Luego, los asociados se percatan de que existía otra cooperativa con el mismo nombre y deciden por medio de un consenso denominarla Cooperativa de Ahorro y Crédito “La Solidaridad, R.L.
La Cooperativa La Solidaridad, R.L., fue fundada el 14 de agosto de 1980, inscrita en IPACOOP el 24 de septiembre de 1980. El 7 de noviembre de 1980, habiendo cumplido con los requisitos, se llevó a cabo la Primera Asamblea Constitutiva.
Hay que destacar que la Cooperativa se debe en gran parte a la condonación (especie de préstamo sin interés) de B/.10,000.00 balboas concedido por el apoyo de Monseñor Marcos Gregorio MaGrath, y Cáritas Nacional de Panamá
MISIÓN
Promover la participación e integración de los y las asociadas, buscando el bien común, a través de una estrategia empresarial basada en el ahorro y crédito, ofreciendo servicios, beneficios, formación y capacitación hacia una economía solidaria.
VISIÓN
Ser una empresa pujante, capaz de atender las necesidades de sus asociados y de terceros, a través de una gestión exitosa, donde prevalece los principios cooperativos, para lograr el avance de su desarrollo económico y social.

- Junta de Directores
- Junta de Vigilancia
- Junta de Vigilancia
- Comité de Crédito
- Educación
- Comité de Cumplimiento
- Requisitos para hacer Asociados
- Funciones de las diferentes Juntas y Comité
Presidente:
- Es el Representante Legal de la Cooperativa.
- Convoca a las reuniones de La Asamblea y de la Junta
- Emitir el voto decisivo en caso de empate
- Delegar las tareas necesarias al Gerente, previa autorización de la Junta de Directores.
Vice-Presidente:
- Reemplazará al Presidente en sus ausencias temporales y ejercerá sus funciones.
Secretaria(o):
- Despachar toda la correspondencia y organizar los archivos.
- Confeccionar y transcribir todas las actas de la Asamblea y de la Junta de Directores.
- Firmar, conjuntamente con el Presidente, las actas y demás documentos que sean de su competencia.
Tesorero:
- Verificar que estén al día los libros contables y mantener la supervisión de esta.
- Revisar diariamente el control de ingresos y egresos y verificar los depósitos.
- Firmar, conjuntamente con el Presidente, los cheques que emita la Cooperativa.
Vocal:
- Tendrá aquellas funciones que le asigne La Junta de Directores.
Suplentes:
- Solo actuará en ausencia de un directivo principal.
Presidente:
- Convoca a las reuniones de la Junta de Vigilancia.
- Firmar, conjuntamente con la secretaria todas las actas de la Junta de Vigilancia.
- Emitir el voto decisivo en caso de empate.
Vice-Presidente:
- Reemplazará al Presidente en sus ausencias temporales y ejercerá sus funciones
Secretaria(o):
- Despachar toda la correspondencia.
- Confeccionar y transcribir todas las actas de la Junta de Vigilancia
- Firmar, conjuntamente con el Presidente, las actas y demás documentos que sean de su competencia.
Suplentes:
- Solo actuará en ausencia de un directivo principal.
- Examinar los libros, documentos y balances mensuales para verificar los saldos de Caja de la Cooperativa, ya sea por sí misma o a través de auditores designados por la Junta de Directores de una terna presentada por la Junta de Vigilancia.
- Examinar periódicamente los libros de Actas de las diferentes Juntas y Comités y exigir que se mantengan al día.
- Velar por el cumplimiento de la Ley y su Reglamento, el Estatuto y las nuevas leyes de obligatoriedad a la que esté sujeta la Cooperativa.
- Atender las denuncias de los asociados e informar el resultado al organismo correspondiente.
Presidente:
- Convoca a las reuniones del Comité de Crédito
- Firmar, conjuntamente con la secretaria todas las actas del Comité de Crédito.
- Emitir el voto decisivo en caso de empate.
Secretaria(o):
- Despachar toda la correspondencia.
- Confeccionar y transcribir todas las actas del Comité de Crédito
- Firmar, conjuntamente con el Presidente, las actas y demás documentos que sean de su competencia.
Suplentes:
- Solo actuará en ausencia de un directivo principal.
Presidente:
- Convoca a las reuniones del Comité de Educación
- Firmar, conjuntamente con la secretaria todas las actas del Comité de Educación.
- Emitir el voto decisivo en caso de empate.
Vice-Presidente:
- Reemplazará al Presidente en sus ausencias temporales y ejercerá sus funciones
Secretaria(o):
- Despachar toda la correspondencia.
- Confeccionar y transcribir todas las actas del Comité de Educación.
- Firmar, conjuntamente con el Presidente, las actas y demás documentos que sean de su Tesorero:
- Preparar un presupuesto para las diferentes actividades educativas
- Revisar periódicamente el presupuesto para un mejor control.
- Tendrá otras funciones que le asigne el Comité de Educación.
Vocal:
- Tendrá aquellas funciones que le asigne el Comité de Educación
Suplentes:
- Solo actuará en ausencia de un directivo principal de ser el caso que tuviera suplente este comité.
Presidente:
- Convoca a las reuniones del Comité de Cumplimiento.
- Velará para que todas las funciones del Comité de Cumplimiento sean cumplidas.
- Revisar los procedimientos, normas y controles implementados por la Junta de Directores para cumplir con los lineamientos de la Ley 23 del 27 de abril de 2015.
Vice-Presidente:
- Reemplazará al Presidente en sus ausencias temporales y ejercerá sus funciones.
Secretaria(o):
- Despachar toda la correspondencia y organizar los archivos.
- Confeccionar y transcribir todas las actas del Comité de Cumplimiento.
- Firmar, conjuntamente con el Presidente, las actas y demás documentos que sean de su competencia.
Tesorero:
- Preparar, conjuntamente con el Oficial de Cumplimiento el presupuesto de capacitación para la cooperativa en materia de BC/FT/FPADM
- Revisar y verificar que haya un mejor control en las finanzas en materia de BC/FT/FPADM.
VOCAL:
- Tendrá aquellas funciones que le asigne el Comité de Cumplimiento.
- Ser Católico
- Gozar de reconocida honradez, laboriosidad y buenas referencias.
- No estar afiliado a otra cooperativa que tenga los mismos fines y ofrezca los mismos servicios.
- Pagar la cuota de afiliación y el valor de una Aportación.
- Recibir una capacitación de veinte 20 horas mínima.
- Cumplir con los requisitos y condiciones expuestas en el Estatuto y trabajar en pro del bien de la familia, de la comunidad y la cooperativa.
JUNTA DE DIRECTORES:
- Aprobar o rechazar las solicitudes de personas que desean ingresar a la Cooperativa.
- Reglamentar todo lo concerniente a sus operaciones y funcionamiento interno.
- Nombrar al Gerente.
- Elaborar el Presupuesto de ingresos, gastos e inversiones para la consideración de la Asamblea.
- Establecer el Sistema de Contabilidad y Auditoría, y determinar los Estados Financieros que se tengan que presentar, según los lineamientos sugeridos por el IPACOOP.
JUNTA DE VIGILANCIA:
- Examinar los libros, documentos y balances mensuales para verificar los saldos de Caja de la Cooperativa, ya sea por sí misma o a través de auditores designados por la Junta de Directores de una terna presentada por la Junta de Vigilancia.
- Examinar periódicamente los libros de Actas de las diferentes Juntas y Comités y exigir que se mantengan al día.
- Velar por el cumplimiento de la Ley y su Reglamento, el Estatuto y las nuevas leyes de obligatoriedad a la que esté sujeta la Cooperativa.
- Atender las denuncias de los asociados e informar el resultado al organismo correspondiente.
COMITÉ DE CRÉDITO:
- Considerar las solicitudes de préstamos y tomar las decisiones al respecto, ya sea aprobándolas, aplazándolas o negándolas.
- Velar porque se administre y utilicen los fondos del préstamo correctamente.
- Informar, periódicamente, a los demás cuerpos directivos del desarrollo de sus actividades.
- Elaborar un informe para la gestión de recuperación de los préstamos.
COMITÉ DE EDUCACIÓN:
- Dar a conocer los derechos y deberes de los Asociados y del personal contratado.
- Programar y desarrollar formaciones y capacitaciones para asociados potenciales, asociados hábiles, dirigentes de la Cooperativa o personal contratado y miembros de la comunidad.
- Someter a consideración de la Junta de Directores el presupuesto para el desarrollo de las actividades educativas.
- Presentar a la Junta de Directores informes mensuales y anuales de las actividades educativas y otras que le sean asignadas.
COMITÉ DE CUMPLIMIENTO:
- Elaborar, modificar los formularios y documentación de la Cooperativa ajustándolos a la ley 23 del 27 de abril de 2015 con sus nuevas regulaciones.
- Confeccionar los procedimientos y controles operativos, para el BC/FT/FPADM.
- Elaborar el plan de capacitación
- Capacitar y sensibilizar a los directivos, asociados, colaboradores, y terceros para cumplir con lo establecido en la Ley 23 del 27 de abril 2015.
- Elaborar las políticas de confiabilidad de la información
- Velar para que la cooperativa cuente con una base de datos de todos sus clientes para llevar a cabo un análisis y monitoreo de las transacciones y operaciones.